Mujeres y violencia en Guatemala
En Guatemala son particularmente alarmantes los niveles de violencia en general y específicamente contra las mujeres. Si bien existen limitaciones para documentar todos los casos de violencia, se cuenta con algunos datos que permiten una aproximación a la magnitud de esta problemática.
Por ejemplo, el Instituto Nacional de Estadística-INE en coordinación con la Coordinadora Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar y contra las Mujeres- CONAPREVI, ha sistematizado datos sobre violencia intrafamiliar y contra las mujeres1 que permiten, como afirma su más reciente publicación (2010), “demostrar estadísticamente la dirección de la violencia intrafamiliar en cualquiera de sus manifestaciones”2.
Según los datos del INE, entre el 2007 y 2008 se registraron 44,874 casos de violencia intrafamiliar de los cuales el 90% corresponde a víctimas del sexo femenino. De los casos de violencia intrafamiliar contra mujeres, el 53% ocurrió en el área urbana y el 47% en el área rural3. En la mayoría de casos, el agresor fue identificado como el esposo, ex esposo o conviviente, de manera que las relaciones de pareja constituyen un ámbito donde se viola el derecho de las mujeres a una vida sin violencia.
Otra fuente de datos que contribuye a visualizar el problema de la violencia que enfrentan las mujeres en Guatemala, se refiere a la Encuesta Nacional de Salud Materno Infantil- ENSMI. En la perspectiva de las implicaciones para la integridad física, mental, emocional y sexual de las mujeres, las ENSMI indagan sobre la violencia intrafamiliar4 que incluye violencia verbal, física y sexual.
La más reciente encuesta (2009) revela que 45 de cada 100 mujeres entre los 15-49 años ha sufrido, en algún momento de sus vidas, hechos de violencia (verbal, física y/o sexual) por parte de sus parejas5. La incidencia se manifiesta independientemente del área de residencia, el grupo étnico y el nivel educativo, aunque se observan algunos matices: la violencia contra las mujeres se reporta con más frecuencia en el área urbana (48.8%) que en el área rural (42.3%); entre mujeres no indígenas (47%) que entre las indígenas (42.3%), y más entre mujeres con educación (primaria, secundaria y superior), un 45.6% en promedio, quienes reportan más violencia física y verbal; que entre mujeres sin educación 42%, que enfrentan mayor violencia sexual6. Situación que refleja no sólo la enorme extensión del problema de violencia, sino también la necesidad de continuar con las acciones a favor de una vida sin violencia para las mujeres, sobre todo de los grupos más vulnerables.
Las evidencias cuantitativas de la violencia contra las mujeres, reiteradamente diagnosticada y denunciada desde hace más de dos décadas, han justificado la aprobación de leyes como la Ley de Violencia Intrafamiliar (1997), la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer y la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, ambas en el 2008. Así como la creación de instituciones estatales, como la CONAPREVI, la Comisión Presidencial para el Abordaje del Femicidio, la Defensoría de los Derechos de las Mujeres en la Procuraduría de Derechos Humanos, y la Defensoría de la Mujer Indígena-DEMI.
Esta respuesta estatal, si bien aún insuficiente, es resultado entre otros factores del accionar sostenido de organizaciones de mujeres, de sus alianzas con entidades estatales a favor de las mujeres y con organismos internacionales, que han logrado evidenciar que la violencia es un problema social, una violación a los derechos humanos y que constituye un delito7. Asimismo, han contribuido a elevar la conciencia entre las mujeres y la sociedad respecto a que los actos de agresión no son naturales, de manera que las instituciones, tanto a nivel nacional como local, deben abordar integralmente la violencia contra las mujeres.
Por la dignidad de las mujeres
La aprobación del Decreto Número 9-2008 del Congreso de la República de Guatemala que contiene la Ley contra la violencia sexual, explotación y trata de personas, establece la derogación de los artículos 176,177 y 178 del Código Penal que regulaban los delitos de estupro mediante inexperiencia o confianza, estupro mediante engaño y estupro agravado respectivamente, figuras delictivas que desaparecen de la legislación penal sustantiva nacional. Esta norma constituye un avance para la dignidad de las víctimas de violación, estupro, abusos deshonestos y rapto, delitos que en leyes anteriores (artículo 200 del Código Penal, declarado inconstitucional) eximían de responsabilidad al agresor cuando éste se casaba con la víctima
III Informe del Estado de Guatemala Sobre la aplicación del PIDCP, 2009
Otra faceta de la problemática de la violencia contra las mujeres, es el progresivo aumento de muertes violentas de mujeres, que se ha convertido en un problema social por sus implicaciones para las familias, la sociedad y el Estado. Los registros, aunque no dan cuenta fidedigna de este fenómeno8, indican que en el período 2001 al 2009 hubo 4,6029 muertes violentas de mujeres. Estas muertes ocurren en todos los departamentos del país, sin embargo, los casos se concentran en la ciudad capital y en municipios aledaños como Mixco y Villa Nueva, y en departamentos ubicados en el sur (Escuintla), suroriente (Jalapa y Jutiapa) y norte del país (Petén) donde la población es mayoritariamente no indígena.
Cuadro no. 14: Muertes violentas de mujeres, 2001 a 2009
Fuente: Policía Nacional Civil en Fundamentos para la formulación de la estrategia para abordar el femicidio en Guatemala. Comisión para el Abordaje del Femicidio, Guatemala, 2007; Policía Nacional Civil, Jefatura de Planificación, Estrategia y Desarrollo Institucional para los datos de los años 2008 y 2009.
Años No. de muertes
2001 222
2002 319
2003 393
2004 509
2005 552
2006 586
2007 614
2008 687
2009 720
Total 4602
Más allá de las cifras, las muertes violentas de mujeres adquieren connotaciones políticas y/o simbólicas en el contexto de una sociedad que aún no logra hacer positivo el acceso a la justicia, como lo indica el contraste entre el alto número de muertes violentas, el reducido número de denuncias y el más reducido aún, de juicios y de sentencias correspondientes10. Y pese a que, en términos absolutos y relativos, el número de muertes de mujeres es más bajo con relación al de hombres, las mujeres son víctimas de una violencia en mayor magnitud que sus pares masculinos, según el móvil, los delitos de lesa humanidad y la proporción de actos de tortura cometidos contra ellas.
En la perspectiva de un enfoque integral del desarrollo, la persistencia de altos niveles de violencia contra las mujeres limita severamente los procesos encaminados a lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, porque impide la movilización y la autonomía de las mujeres en diversos ámbitos. Asimismo, existe un impacto económico de la violencia contra las mujeres tanto en términos de pérdida de días laborales para quienes son violentadas, como en la inversión que las instituciones de salud y de justicia deben realizar para atender los efectos de la violencia en términos de servicios de salud y de seguimiento judicial a casos de violencia y abuso.
Los costos de la violencia contra las mujeres
“La violencia contra las mujeres es un problema importante a escala mundial, pero ¿por qué se considera también específicamente desde una perspectiva económica? “El análisis de los costos de la violencia contra la mujer es útil para comprender su incidencia económica en las empresas, el Estado, los grupos comunitarios y las personas. No sólo pone de relieve la ubicuidad de dicha violencia sino que puede brindar información importante para las cuotas presupuestarias específicamente destinadas a programas de prevención y reparación de la violencia contra las mujeres y demuestra que se debería invertir mucho más en estrategias de prevención y rápida intervención, en vez de dejar que esta violencia siga sin amainar.
Los costos de la violencia contra las mujeres, tanto para la víctima como para la sociedad en general, son altos; … hacen falta normas y directrices internacionales para llevar a cabo investigaciones coherentes que sean comparables entre países y contribuyan al diseño de políticas locales, nacionales e internacionales, y medidas para abordar la violencia contra las mujeres”.
Fuente: Glenn, Stephen et al CSI/IDS, 2009
1 Tal como establece su Ley Orgánica (Decreto ley 3-85) y el Reglamento de la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar (Acuerdo gubernativo 831-2000). Asimismo, según esa Ley (Decreto 97-96) las entidades obligadas a recibir y registrar denuncias son: el Ministerio Público, la Procuraduría General de la Nación, la Policía Nacional Civil, los Juzgados de Paz y de Familia, los Bufetes Populares y la Procuraduría de Derechos Humanos.
2 INE. Estadísticas de violencia intrafamiliar, 2008. Guatemala, 2010. p. 1.
3 Ibid, p.
4 A diferencia de los registros del INE, que provienen de diferentes fuentes que registran denuncias, las ENSMI recogen información a partir de entrevistas cara a cara (ENSMI-2009, p. 53).
5 Dato que coincide con las estadísticas reportadas por el INE, ya mencionadas.
6 Bases de datos ENSMI 2008/2009.
7 Grupo Guatemalteco de Mujeres Los Centros de Apoyo Integral para Mujeres Sobrevivientes de Violencia (CAIMUS) sufren hostigamiento y amenazas de seguridad. En: Albedrío, año 7, 2010. http://www.albedrio.org. Consultado en julio, 2010.
8 Al respecto en diversas investigaciones se han planteado las dificultades para documentar cuantitativamente el problema de la violencia contra las mujeres, incluidos los femicidios, ya que no existen procedimientos comunes a nivel institucional para construir y registrar los datos pertinentes (Aguilar, 2005). Un esfuerzo en tal sentido es el Sistema Nacional de Información sobre Violencia contra la Mujer, establecido en el artículo 20 de la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, que la CONAPREVI está impulsando en coordinación con las instituciones públicas que registran cifras al respecto (CONAPREVI, 2010).
9 Datos de la Policía Nacional Civil, 2007.
10 Según datos de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala-CICIG, del 2005 al 2007 hubo 1840 casos de “asesinatos, homicidios y ejecuciones extrajudiciales contra mujeres”, pero apenas 93 denuncias, 47 juicios y 42 sentencias. En: presentación de la Campaña del Secretario General de Naciones Unidas, únete para poner fin a la violencia contra las mujeres. Guatemala, 2009.